DSC16382.- Credencialización de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero.

Comunicado de la Secretaría de Relaciones Exteriores enviado el 24 de noviembre del 2015 a Embajadas y Consulados de México
               
 “2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”
                                                                                                                 
Asunto: Credencialización de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero.
En el marco de la Reforma Político-Electoral de 2013-2014, se aprobó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) misma que incorpora la credencialización de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero y su empadronamiento en la lista nominal correspondiente, para facilitar el ejercicio de su derecho al voto desde el exterior.
La LGIPE contempla que el Instituto Nacional Electoral (INE), a través del Registro Federal de Electores y su Dirección Ejecutiva (DERFE), será el responsable de llevar a cabo la credencialización y empadronamiento, a través de las embajadas y consulados, con base en los acuerdos interinstitucionales que con ese fin alcance con la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la cual fungirá como facilitadora en el proceso.
En este sentido, la Cancillería y el INE han venido revisando los criterios y mecanismos bajo los cuales resulta conveniente y factible establecer el servicio de credencialización en las embajadas y consulados (RME´s), mismos que se plasmarán en un Convenio Específico de colaboración que en breve firmarán y que en términos generales considera lo siguiente:
Proceso para la recepción de solicitudes para obtener una Credencial para Votar, su expedición y entrega
  • Las RME´s fungirán como ventanillas de trámite donde recibirán las solicitudes de los ciudadanos residentes en el extranjero para obtener una Credencial para Votar.
  • Aún cuando la LGIPE lo menciona como una alternativa, el INE no contempla la instalación de módulos de atención en las RME´s.
  • La recepción desde el exterior de solicitudes para Credencial de Elector se procesará por conducto del Sistema Integral de Administración Consular (SIAC) vía el Módulo de Pasaportes y MCAS, al cual se añadirá un campo destinado para el trámite de credencialización, que estará vinculado a los otros dos trámites consulares y que por ende permitirá compartir los documentos digitalizados que se utilicen para cualquiera de ellos. Con este propósito, es necesario liberar una nueva versión del SIAC que introducirá el Módulo de Pasaportes, MCAS y Credencial de Elector, misma que se irá instalando gradualmente en todas las RME´s y que al día de hoy ya está instalada en las oficinas en Estados Unidos (EUA).
  • Para solicitar una Credencial para Votar los connacionales deberán calendarizar una cita a través de MEXITEL.
  • Las solicitudes de credencialización requerirán de tres requisitos: comprobante de nacionalidad (requiere la presentación del acta de nacimiento mexicana), comprobante de identidad y comprobante de domicilio. Las RME´s verificarán los documentos originales, los cotejarán y digitalizarán, para incorporarlos en un expediente electrónico que será remitido desde Cancillería de forma centralizada al INE (DERFE). La DERFE será la responsable de revisar, evaluar y dictaminar sobre la procedencia de expedir cada Credencial de Elector.
  • La DERFE será también la encargada de hacer la entrega de las credenciales a los connacionales residentes en el extranjero, por la vía de mensajería, a través de los mecanismos que se definirán en el Convenio Específico.
  • Asimismo, proveerá a los connacionales de la información relativa al seguimiento de su trámite, les notificará por medios electrónico y telefónico que su credencial ha sido expedida y las indicaciones para su entrega. Para ello, la DERFE pondrá a disposición del público un portal de internet y números telefónicos gratuitos, cuyos datos vendrán impresos en el comprobante que las RME´s entregarán al solicitante al completar el trámite de recepción de cada  solicitud para obtener una Credencial para Votar.
Tiempos para la implementación del servicio
Se tiene contemplado que durante los meses de diciembre de 2015 y enero de 2016 se lleven a cabo las pruebas piloto entre ambas instancias, con miras a que durante la primera quincena de febrero de 2016 entre en vigor el servicio en los 15 consulados en los EUA con mayor población de origen mexicano.
La implementación del servicio se extenderá al resto de las RME´s de manera escalonada, abarcando a la totalidad de las oficinas consulares en EUA entre marzo y junio de 2016 y a las representaciones fuera de EUA entre julio y agosto del mismo año.
En cuanto se firme el Convenio Específico que sentará las bases para esta colaboración entre el INE y la SRE, se hará del conocimiento de las RME´s y gradualmente se les irá notificando sobre los avances en la implementación del esquema y las instrucciones específicas para su operación.
Mientras tanto, se apreciará compartir con sus respectivas comunidades de mexicanos residentes en el extranjero los avances generales con los que se cuenta, explicando que la SRE ha mostrado en todo momento su disposición y apoyo para que se estructuren los mejores mecanismos y medidas que permitan la entrada en vigor de un trámite eficaz y seguro, que alcance al mayor número posible de connacionales, sin vulnerar la calidad en el servicio que prestan nuestras representaciones cotidianamente en el resto de los servicios consulares.

Por último, se adjunta a la presente la Nota Informativa sobre la Reforma Constitucional en Materia Político Electoral que transmitió la Subsecretaría para América del Norte con su comunicación ssan291 (29.05.14), describiendo las características y alcances generales de la Reforma y mensajes sugeridos para transmitir por conducto de las RME´s, los cuales podrán complementarse a la información descrita anteriormente.

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